Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Agrario Superior de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Maracaibo y con competencia territorial en el estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por las abogadas en ejercicio ISAULY CARISA PALACIOS OROPEZA y LUZ ORIANA MARTINEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-15.484.713 y V-24.742.435, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los número 112.124 y 275.505; contra el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, en fecha tres (03) de julio de dos mil veinticinco (2025).
SEGUNDO:SE ANULAel auto razonadodictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, en fecha tres.....