PRIMERO: SE DECLARA la CONFESIÓN FICTA de la parte demandada ciudadana YSMARY DEL VALLE GONZALEZ CALDERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.827.981, domiciliada en la Calle Millán, a 100 metros de la entrada; la Cruz del Pastel, Municipio García del estado Nueva Esparta; en consecuencia se declara CON LUGAR LA DEMANDA.
SEGUNDO: SE CONDENA a la ciudadana YSMARY DEL VALLE GONZALEZ CALDERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.827.981, domiciliada en la Calle Millán, a 100 metros de la entrada; la Cruz del Pastel, Municipio García del estado Nueva Esparta, en pagar a LA ASOCIACIÓN CIVIL INSTITUTO EDUCACIONAL NUEVA ESPARTA, lo siguiente: 1º) La cantidad de DOCE BOLIVARES CON CUARENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs 12,49) por concepto de diferencia de la matrícula de inscripción colegial de sus dos representados, vencida desde el mes de septiembre de 2020, lo que daría un total de VEINTICUATRO BOUVARES CON NOVENTA Y OCHO CENTIMOS (.....