En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la la abogada CARMEN ROZKIEWICZ BELLO, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, ciudadanas DANIELA SOFIA GUENDSECHADZE MANC, ANA CRISTINA GUENDSECHADZE MANC, SILVIA GUENDSECHADZE MANC y NATALIA GUENDSECHADZE MANC, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 26-09-2019 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de esta Circunscripción Judicial
SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia apelada dictada por el referido Juzgado de Instancia en fecha 26-09-2019.
TERCERO: SIN LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA VENTA interpuesta por el ciudadan.....