Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, decreta MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un inmueble constituido por un terreno ubicado en la avenida 9B, Sector La Estrella, distinguido con la nomenclatura municipal No. 62-77, en jurisdicción de la parroquia Olegario Villalobos, del municipio autónomo Maracaibo del estado Zulia, el cual tiene una superficie de TRESCIENTOS NUEVE METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (309,45 Mts2), comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Linda con propiedad que es o fue de Residencias La Fuente, casa No. 62-57. SUR: Linda con propiedad que es o fue de Zunilda Rincón, casa No. 62-109. ESTE: Linda con propiedad que es o fue de Zunilda Rincón, casa No. 62-109 y OESTE: Linda con la avenida 9B. El referido inmueble se acusa propiedad del ciudadano RAFAEL JOSÉ RUEDAS, ya identificado, según se despren.....