Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR ESTADAL SEGUNDO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dispone:
PRIMERO: SE DECLARA PROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada por el ciudadano RUBÉN DARÍO GUTIÉRREZ CELIS.
SEGUNDO: SE SUSPENDEN LOS EFECTOS del acto administrativo contenido en la Decisión No. 22.2012 Consejo Disciplinario del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de la Región Occidental en fecha 19 de julio de 2012.
TERCERO: SE ORDENA al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de la Región Occidental, la reincorporación del ciudadano RUBÉN DARÍO GUTIÉRREZ CELIS, al cargo de DETECTIVE, o uno de similar categoría, con el consiguiente pago de los conceptos salariales y demás beneficios laborales, hasta tanto se decida el fondo del presente recurso contencioso admin.....