Por los razonamientos y fundamentos antes expuestos, y conforme a los artículos 12, 15 y 651 del Código de Procedimiento Civil, a las demás disposiciones legales citadas en el cuerpo de esta sentencia, y con acatamiento a lo ordenado en los artículos 2, 25, 26, 257 y 334 de Nuestra Carta Magna; este Juzgado del Municipio Piar de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA FIRME EL DECRETO DE INTIMACIÓN dictado en esta causa el 05-08-2011, en contra del ciudadano JOSÉ CORONADO, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.881.544 y domiciliado en la Calle Páez, Abastos y Licorería "Los Cuñaos, S.R.L", diagonal a Polipiar de esta población de Aragua de Maturín, jurisdicción del Municipio Piar - Estado Monagas, en consecuencia, se le condena a pagar al demandante las cantidades de PRIMERO: La cantidad de DIEZ MIL TREINTA Y CINCO BOLÍVARES (Bs. 10.....