En este estado, este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: ÚNICO: Visto el pedimento formulado expresamente por el apoderado judicial actora ejecutante, este Juzgado se abstiene de practicar la medida de secuestro sobre el inmueble tipo apartamento suficientemente identificado ut supra, y ordena el retiro del sitio de constitución. Asimismo, se reserva, conforme igual manera fue solicitado, el presente despacho comisorio en los archivos de este Juzgado, hasta tanto medie nueva solicitud de fijación de fecha y hora para la ejecución de la medida preventiva exhortada. Siendo las once horas de la mañana (11:00 a.m.), terminó el acto. Es todo, se leyó y conformes firman.-------------------------------------------------------------------
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