En el día hábil de hoy, 29 de Septiembre de 2009, siendo las 3:19 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el ciudadano José Nuñez en su carácter de parte actora asistido por su apoderado judicial abogado Wolfgang Rodríguez y HOTEL KRISTOFF, C.A en su carácter de parte demandada, debidamente representada por el apoderado judicial abogado Luís Esparza, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada pagará el día 16/10/09 en la sede del Tribunal la cantidad de seis mil bolívares (Bs.F. 6.000,00). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.