DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la defensa de fondo propuestas por la demandada ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SAN RAFAEL DE MARA DEL ESTADO ZULIA relativas a la prescripción de la acción.
SEGUNDO: SIN LUGAR la acción intentada por el ciudadano ISBELIO VÁSQUEZ en contra ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SAN RAFAEL DE MARA DEL ESTADO ZULIA por cobro de Prestaciones Sociales, por prosperar la defensa de fondo relativa a la prescripción de la acción
TERCERO: Se exonera de costas al trabajador demandante por devengar menos de tres (03) salarios mínimos, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
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