En este estado el ciudadana Juez, oídas como han sido cada una de las partes en consecuencia, este JUZGADO DEL MUNICIPIO COLÓN Y FRANCISCO JAVIER PULGAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando como Juez de Control de conformidad con lo establecido en el articulo 666 ejusdem, garantista del debido proceso, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en uso de las atribuciones que me confieren los artículos 555 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 282 del Código Orgánico Procesal Penal, referidas en este caso al cumplimiento de los procesos y garantías, de conformidad con lo establecido en el Artículo 578 ejusdem, en concordancia con lo establecido en el Artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, entra a resolver y en consecuencia Decreta:
PRIMERO: ADMITE Acusación presentada por los Fiscales Decimosexto del Ministerio Público, Abogados NEYLA BERBECI e ISRAEL ENRIQUE VARGAS MA.....