Revisada como ha sido la transacción presentada por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Laboral, en fecha 09 de junio de 2009; celebrada entre los ciudadanos YOHAN ACEVEDO, asistido por el abogado en ejercicio JORGE JIMENEZ, por una parte y por la otra el ciudadano ENNIO PIRELA, en su carácter de presidente de la Sociedad Mercantil CANECA, asistido por el abogado en ejercicio LUIS AÑEZ, todos amplia y suficientemente identificados en actas; y cumplido como ha sido el acuerdo celebrado; entregada al ciudadano YOHAN ACEVEDO, la cantidad de dinero consignada por la patronal; pasa este Tribunal a pronunciarse en relación a la homologación solicitada; observando quien decide, que los términos en los cuales fue redactada la transacción, reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 del Reglamento, es por lo que, éste Juzgado Décimo Cuarto de Prime.....