IV.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO incoada por el abogado FELIX CALDERON TEPEDINO, apoderado judicial de la ciudadana MARIOSVA JOSEFINA PALACIO DELGADO en contra del ciudadano HECTOR LUIS GONZALEZ FONSECA, ambos ya identificados, con fundamento en la causal segunda del artículo 185 del Código Civil.
SEGUNDO: DISUELTO como consecuencia de la anterior declaratoria el matrimonio contraído por ellos el 21.12.1989 por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Caraballeda, Municipio Vargas del Estado Vargas, tal como se desprende del acta asentada en el Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por esa Jefatura Civil correspondiente al año 19.....