En el día hábil de hoy, 29 de Julio de 2008, siendo las 2:31 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos YUSNEIRO GONZALEZ, AVILIO PORTILLO en su carácter de parte actora asistidos por su apoderado judicial abogado Roberth Soto y SUDICA, C.A. en su carácter de parte demandada, debidamente representada por los apoderados judiciales abogados Anibal Batista y Carmen Morales, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada cancela la cantidad de dos mil bolívares fuertes, es decir a cada uno de los demandantes la cantidad de un mil bolívares fuertes (Bs.F. 1.000,00), de la siguiente manera: Un cheque por la cantidad de mil bolívares fuertes (Bs.F. 1.000,00) a la orden de Yusneiro González de la cuenta corriente N° 01050043591043484841 de Suministro y Diseño Industrial en el Banco Mercantil, cheque N° 50404028 y Un cheque por la cantidad de .....