En mérito de las anteriores consideraciones este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la demanda que por motivo de Interdicto de Amparo interpusiera la ciudadana BRIGIDA GOMEZ CARRASQUEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 2.774.807 y de este domicilio, en contra del ciudadano JUAN CARRASQUEL, titular de la cédula de identidad No. 4.718.448, quien dice actuar en nombre y representación de la Sociedad Mercantil DIESEL DE ORIENTE, C.A., legalmente constituida según documento debidamente protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Distrito Maturín del Estado Monagas, de fecha 06 de Junio de 1995, anotado bajo el Nº 304, Folios del 112 al 115, Tomo V, sobre una parcela de terreno y la vivienda en ella construida, marcada con el Nº 30, ubicad.....