En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos AVELINA RODRIGUEZ DE LOMBARDI, LUIS ALBERTO LANCHELO, MIEREN KORO ALAVA DE BONELLI, y la sociedad mercantil GRUPO L4 INVERSIONES, C.A, parte solicitante en el presente procedimiento en contra el auto dictado el 09-03-2022, por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de los Municipios Mariño, García, Villalba, Tubores y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta,
SEGUNDO: SE REVOCA, el auto dictado por el referido Juzgado en fecha 09-03-2022, en consecuencia se ordenar al Juzgado de la causa que procesa con la Admisión y tram.....