En el presente asunto la estimación es de catorce (14) horas hombre. De acuerdo a la programación señalada, por lo que esta Juzgadora según lo dispuesto en el artículo 54 ya referido, establece los emolumentos que han de corresponderle a la experta Nelly Del Valle Alcalá, como auxiliar de justicia en la presente causa y aplicando el procedimiento previsto en la Ley antes mencionada y en El Instrumento Referencial de Honorarios Mínimos vigente, aprobado por el ultimo Directorio Ordinario de la Federación de Colegios de Contadores Públicos, en el que se estableció el valor de la hora hombre por los servicios profesionales de Bs. 2.082.835,69. En consecuencia este Tribunal estima que los honorarios profesionales que debe percibir es la cantidad de VEINTISIETE MILLONES SETENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES BOLIVARES CON NOVENTA Y SIETE CENTIMOS, (Bs. 27.076.863,97).
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediac.....