DECISIÓN
Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: Se declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el Recurso de Nulidad del Acto Administrativo, interpuesto por el profesional del derecho TOMAS FERMIN RAMIREZ, en su condición de apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil Sociedad Mercantil CENTRO CLÍNICO MÉDICOS ASESORES, C.A. (CLIMECA) contra el AUTO ADMINISTRATIVO, dictado por la Inspectoria del Trabajo del Estado Zulia, INSPECTORIA "DR. LUIS HOMEZ, sede Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 06 de septiembre de 2016, contenida en el expediente Nº 042-2016-04-00021; la cual declaro sin lugar los seis puntos contenidos a las observaciones de forma, opuesta por el CENTRO CLINICO MEDICOS ASESORES, C.A. (CLIMECA).
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo est.....