Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- CON LUGAR la demanda de DECLARACIÓN DE DERECHO CONCUBINARIO interpuesta originariamente por la ciudadana NORMA TIBISAY MEDINA, contra la ciudadana MARÍA ARAUJO DE MOLINA, plenamente identificadas en actas.
2.- SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandada por haber sido vencida en la presente causa, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.