Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, constituido en forma unipersonal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA al acusado ASDRUBAL GREGORIO SAEZ GUZMAN, de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, Estado Vargas, fecha de nacimiento 30 de mayo de 1967, de 44 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.995.362, de profesión u oficio Albañil y maestro de obra, hijo de Asdrúbal Sáez y de Elia Guzmán, residenciado en Tucaní, sector entrada de la Chinca, cerca de la torre de PDVSA, en el limite de Zulia, más abajo del liceo de Tucani, Estado Mérida, a cumplir las penas de DIECIOCHO AÑOS DE PRISION, en el establecimiento carcelario que disponga el respectivo Juez de Ejecución, calculada provisionalmente para ser cumplida hasta el 25 de enero de .....