DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Constituido en forma Mixta, con Jueces Escabinos, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara por UNANIMIDAD CULPABLE al acusado: JOSÉ MIGUEL MORILLO ROJAS, quien dijo ser Venezolano, Natural de Maracaibo, del Estado Zulia, de 25 años de edad, fecha de nacimiento 11/05/1984, titular de la cédula de identidad No. 18.744.322, hijo de Julio Morillo y Marlene Rojas, Residenciado Sector La Pastora, Calle 96C, Nº 96-17, al fondo del Liceo Agustín Aveledo Tovar, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, por su participación, como AUTOR, en la perpetración de los delito de ROBO AGRAVADO en grado de TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 460, en concordancia con el artículo 80 del Código Penal, y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 278 del Código Penal, .....