EL FALLO
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• INCOMPETENTE para conocer la demanda de invalidación interpuesta por los ciudadanos ALFREDO JOSE ARENAS NAVARRO y FLOR ANDREINA ARENAS NAVARRO, ya identificados, asistido de abogado, en fecha 10 de marzo de 2015.
• QUE EL TRIBUNAL COMPETENTE, es el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Cabimas de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas.
No se hace especial pronunciamiento en costas procesales en virtud de lo decidido.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines pr.....