RESOLUCIÓN N° PJ007-2014-000061 Se declara CON LUGAR la solicitud de examen y revisión de medida, solicitada por el profesional del derecho abogada Josefina Mucura, en su carácter de defensora Pública Decima Octava Penal encargada del ciudadano acusado RONALD JOSE SANCHEZ, titulares de la cédula de identidad Nº 18.173.777 y por cuanto a la presente fecha, no han variado las circunstancias que motivaron la medida privativa judicial preventiva de libertad, se NIEGA la sustitución de la medida de coerción personal, al ser esta necesaria para garantizar las resultas del juicio, en consecuencia se acuerda mantener la medida privativa judicial preventiva de libertad, dictada en la persona del acusado; todo de conformidad con lo pautado en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.