Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara:
- SIN LUGAR, la apelación ejercida por el abogado en ejercicio, ADOLFO ROMERO ANGULO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.131, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS JULIO MORENO ROJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.764.020 y domiciliado en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, parte demandada, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Sexto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha, 08 de Agosto de 2008.
- SE RATIFICA la decisión dictada en fecha 08 de Agosto de 2008, por el Juzgado Sexto de los Municipios Maracaibo, Jesús E.....