Seguidamente el tribunal Administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara legalmente secuestrado el inmueble ubicado en la Urbanización Tamare, casa Nº 16 en la calle 77, en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia. Así mismo se procede a tomarle el juramento de Ley a las representantes legales del ciudadano NEMECIO RAMON REYES BARROSO, quien fuera designado como secuestratario judicial por el juzgado de la causa, de la siguiente manera: ¿Juran ustedes cumplir fielmente en nombre de su representado con los deberes inherentes al cargo recaído en su persona? Contestaron "Si lo juramos". Seguidamente el tribunal hace formal entrega del inmueble legalmente secuestrado en este acto, a las representantes legales del secuestratario judicial designado, totalmente desocupado de personas y de bienes, quienes manifestaron recibirlo conforme en las condiciones mencionadas. Siendo las seis de la tarde. Se .....