DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SÉPTIMO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley REVOCA EL REGIMEN ABIERTO, al penado: TONY PASCUAL ARAQUE, titular de la Cédula de Identidad N° 14.762.334, soltero, mecánico de motos, hijo de Flor de Maria Araque y de Padre Desconocido, y residenciado en el Sector Bello Monte, Casa N° 13, Barrio 10 de Febrero, Casa S/N, por la caravana blanca en la avenida 32 al frente del taller de latonería Cabimas Estado Zulia, quien fue condenado en fecha 31-05-2000, por el Juzgado Primero de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, a cumplir la pena DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO A MANO ARMADA previsto y sancionado en el Artículo 460 del Código Penal, en perjuicio de LUIS ORTEGA Y OTRO, por haber incumplido con las obligaciones impuestas, de conformidad con lo establecido en el Artículo 501 del .....