Por los argumentos expuestos, este Juzgado Tercero de los Municipios Cabimas, Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la acción de Cobro de Bolívares vía Intimatoria interpuesta por el ciudadano JAVIER JOSÉ ALVARADO GONZALEZ en contra del ciudadano JOSÉ LUIS ROJAS NAVA, anteriormente identificados, en consecuencia, se declara en estado de ejecución el decreto intimatorio dictado en fecha primero (1º) de abril de dos mil cinco (2005). SEGUNDO: Se condena a la parte demandada y perdidosa a pagar la cantidad de TRES MILLONES CINCUENTA Y SEIS BOLÍVARES (Bs. 3.000.056,oo), suma ésta que comprende los siguientes conceptos: A) La cantidad DOS MILLONES CUATROSCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2.400.000,oo) que es la suma adeudada; B) La cantidad de CIENTO DIESCISEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES BOLÍVARES (Bs.116.333,oo) por conce.....