este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano DANIEL ALBERTO DE FARIA LUCERO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 17.980.829, contra la EMPRESA demandada CORPORACION BOSQUE AZUL C.A, plenamente identificados en autos. SEGUNDO: Se condena a la empresa CORPORACION BOSQUE AZUL C.A, pagar al demandante ciudadano, DANIEL ALBERTO DE FARIA LUCERO, la cantidad de DOS MILLONES NOVECIENTOS VEINTIDOS MIL DIEZ BOLIVARES CON SESENTA Y UN CENTIMO (Bs. 2.922.010,61) más lo que resulte de los intereses de mora e indexación y el bono de alimentación en los términos establecidos en la parte motiva de la presente decisión TERCERO: Se condena en costas a la demandada, CORPORACION BOSQUE AZUL C.A, de conformidad con lo dispuesto en el ar.....