Ley, declara:
PRIMERO: LA CONFESIÓN FICTA de la parte demandada y en consecuencia CON LUGAR la acción interpuesta en el juicio que por DESALOJO fue intentada por la ciudadana ANGELICA LUZARDO MANZANO, en contra de la ciudadana BONY MARGARITA GUTIERREZ UZCATEGUI, plenamente identificadas en actas.
SEGUNDO: Como consecuencia de dicha declaratoria, se condena a la parte demandada hacer entrega a la parte actora del inmueble ubicado en la calle 02, casa N° 40 de la Urbanización Villa Las Acacias, jurisdicción de la Parroquia Altagracia, Municipio Miranda del Estado Zulia y constituido por dos plantas; una primera planta, compuesta de sala, comedor, cocina y un (1) cuarto con baño y una segunda planta compuesta por dos (2) cuartos y un baño independiente, garaje, jardín y patio trasero según se evidencia de documento registrado por ante el Registro Público del Municipio Miranda del Estado Zulia, de fecha 22 de enero de 2015, bajo el N° 2015-12, asiento registral 1 del inmueble matric.....