III.- Por los fundamentos expuestos:
Éste JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO (CONVERSIÓN EN DIVORCIO) PROPUESTA POR LOS CIUDADANOS VERONICA COROMOTO LOPEZ AGUILAR y EDUARDO LUIS RODRIGUEZ PAEZ, titulares de las cédulas de identidad números V-18.634.734 y V-18.808.738, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día veintiuno (21) de Noviembre del 2.006, por ante el Registrador Civil del Municipio Cabimas, Estado Zulia, Acta N° 276, Libro N° 3, Año: 2.006.
Según manifestación expresa de los cónyuges durante la vigencia matrimonial no procrearon hijos, ni adquirieron bienes.
Se deja expresa constancia que los solicitantes estuvieron asistidos por los Profesionales del CAROLINA BOSCAN GUILART.....