PRIMERO: SIN LUGAR la apelación que formalizara en fecha seis (06) de octubre de 2010, el abogado JORGE ALEJANDRO MACHÍN CÁCERES, actuando como apoderado judicial de la sociedad mercantil "PANAY C.A"; contra la decisión dictada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha 16 de septiembre de 2010; en la OFERTA REAL DE PAGO, ofrecida por el ciudadano LARRY JOSÉ GONZÁLEZ URDANETA; a favor de la sociedad mercantil "PANAY C.A", en la persona del ciudadano JUAN TAGLIAFERRO AUVERT, todos identificados.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia definitiva proferida por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha 16 de septiembre de 2010.
TERCERO: Se condena en costas a la parte oferida-demandada de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.