Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEPTIMO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ORDENA EL SOBRESEIMIENTO de la Causa seguida en contra del imputado FREDDY RICHARD GALIANO SALCEDO, venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, de 21 años de edad, soltero, comerciante, indocumentado, hijo de Maria Galiano y de Freddy Salcedo, residenciado en la Avenida Bella Vista frente al cine Metro no recuerda el numero de la Casa, Maracaibo, Estado Zulia, en conformidad con lo dispuesto en los Artículos 318, Ordinal 1, en concordancia con el articulo 322 del Código Orgánico Procesal Penal, acogiendo así la solicitud Fiscal.
Regístrese esta decisión; déjese copia en archivo; notifíquese
LA JUEZ
DRA. ZAYDA VILLASMIL DE GARCIA.
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