IV
PARTE DISPOSITIVA
Con fundamento a las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta decisión, éste TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MACHIQUES DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, por motivo de Desafecto, interpuesta por los ciudadanos NAIROBE COROMOTO MORENO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad No. V-14.233.108, correo electrónico morenonairobe8@gmail.com, teléfono 0412-7878946 y LUIS EDUARDO LOPEZ JARABA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad No. V-13.592.600, correo electrónico lopezjarabal@gmail.com, teléfono 0424-6818160, ambos domiciliados en el Municipio Machiques de Perijá del estado Zulia. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que los unía, el cual contrajeron en fecha dos (.....