En consecuencia, este TRIBUNAL NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme con lo establecido en los artículos 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus YOANY ANTONIO MANTILLA ANTUNEZ, a los ciudadanos ZULAY COROMOTO VILLAMIZAR DE MANTILLA, MÓNICA ALEJANDRA MANTILLA VILLAMIZAR, MARCO ANTONIO MANTILLA VILLAMIZAR, y MIGUEL ANDRÉS MANTILLA VILLAMIZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad número V-4.317.190, V-18.216.598, V-16.631.154 y V-18.216.611, respectivamente. ASÍ SE DECLARA.- SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Devuélvase la presente solicitud con sus resultas la requirente, previa certificación, a los fines de que repose en el archivo del Tribunal. Se or.....