Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Quinto de Juicio del Circuito Judicial Penal, del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decreta: PRIMERO: Revoca la medida cautelar sustitutiva al acusado NARCISO JOSÉ SOLAR SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° V-21.510.306, nacido en fecha 31-08-1987, hijo de RAFAEL SÁNCHEZ y ANA SOLAR, residenciado en el Sector San Francisco de Corito, pasando el Estadio la derecha, casa S/N. Parroquia El Rosario, Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia; por el Juzgado de primera Instancia en Funciones de Control del Municipio Rosario de Perijá en fecha 29-10-2012 y en su defecto se acuerda librar ORDEN DE APREHENSION, al verificar que la conducta de dicho ciudadano se encuentra enmarcada en los numerales 2° y 3° del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. Ofíciese lo conducente al Cuerpo de Investigacio.....