declara:
• CON LUGAR la demanda de divorcio intentada por el ciudadano JOSE RAMON ZABALA SUBERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-7.855.579, domiciliado en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio JOSE GREGORIO BRACHO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.47.853, en contra de la ciudadana MIRIAM DEL CARMEN PEREZ ESCALONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-10.209.723 domiciliada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, de conformidad con la causal segunda del artículo 185 del Código Civil, referida al abandono voluntario.
• DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron los ciudadanos antes mencionados por ante el Registrador Civil del Municipio Lagunillas del estado Zulia, tal como se evidencia en copia certificada del Registro Civil de Matrimonio No.236, en fecha ocho (08) de julio de dos mil once (2011).
Así mismo, corresponde a este Juzgador de conformi.....