En fuerza de las anteriores consideraciones, esta Jueza del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y Bienes, formulada por los ciudadanos JUAN MIGUEL PATIÑO MARIN y RIBETT AMANDA UZCATEGUI DOMINGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-17.971.607 y V-20.762.227, respectivamente, con fundamento en el Artículo 185 del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 17 de Mayo de 2008 ante el Registro Civil del Municipio Tubores del estado Nueva Esparta.