Por todo ello, este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, actuando en Sede Constitucional y administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la pretensión de amparo incoada por el ciudadano RUFINO REDONDO CEDEÑO, en contra de los ciudadanos OSCAR RODRIGUEZ y OSCAR FERNANDO RODRIGUEZ.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión proferida.
Publíquese y regístrese.