Por todas las consideraciones precedentemente expuestas este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Desalojo fundamentada en el ordinal 1° del artículo 91 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda que instauró la ciudadana ELIA DEL ROSARIO CORREIA ABREU en contra de los ciudadanos AITOR GARCIA GOMEZ y MARIA ISABEL IBAÑEZ, de nacionalidad española, titulares de los pasaportes Nros DC516598 y BF101180, respectivamente.-
SEGUNDO: SE CONDENA a la parte demandada, los ciudadanos AITOR GARCÍA GÓMEZ y MARIA ISABEL IBAÑEZ, a efectuar a favor de la parte actora, ciudadana ELIA DEL ROSARIO CORREIA ABREU la ENTREGA MATERIAL real y efectiva del bien inmueble arrendado, el cual está constituido por una vivienda un.....