Esta Jueza del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, declara Primero: Con lugar la solicitud incoada por la ciudadana Ysdemar Frontado Marcano, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-12.676.807, en beneficio del niño "cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente". Segundo: AUTORIZA a la ciudadana Ysdemar Frontado Marcano, plenamente identificada para que acuda ante la autoridad competente, a realizar los trámites necesarios tendentes a la obtención del Pasaporte y Visa Americana del niño de autos. LA PRESENTE NO AUTORIZA VIAJE. Tercero: Ce.....