es por lo que el tribunal de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 717 del Código de Procedimiento Civil, sin entrar a prejuzgar sobre el fondo de la controversia, y en atención a lo solicitado por el Querellante en el escrito de libelo presentado, procede a DECRETAR la presente medida: Ordenando al ciudadano MÁXIMO ALBERTO BETANCOURT, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 17.370.238, el USO RACIONAL del servicio de ambientación por el aire acondicionado central instalado en el apartamento 9-A del Edificio LAS PALMAS, el cual se encuentra en la avenida 3D, entre calle 69 y 70, en Jurisdicción de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el cual deberá ser con la regulación del termostato del equipo de temperatura de 16° grados, al menos a 20° grados de temperatura, esto a los fines de mejorar la afectación que dice tener la ciudadana ALIDA VIOLETA FEBRES LOPEZ, en su inmueble por el uso del antes referido aparato.- Para.....