PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO en materia de Régimen de Convivencia Familiar, en beneficio del niño de autos: (SE OMITE, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), de 01 año de edad, suscrito en fecha Veintisiete (27) de Julio de 2015, por los ciudadanos: JOHAN JOSÉ VALBUENA GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-15.552.892, domiciliado en el municipio Cabimas del estado Zulia, asistido por la Abogada MARIESTHER FUENTES HERNANDEZ, Defensora Pública Sexta (Auxiliar) adscrita de la Unidad Regional de la Defensa Pública del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.....