DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado CARLOS GONZÁLEZ RINCÓN, respectivamente actuando en representación del ciudadano ENOC DAVID LAMUS SANDREA.
SEGUNDO: ANULA la Sentencia Nº 039-14, de fecha 29 de julio de 2014, dictada por el Tribunal Sexto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
TERCERO: ORDENA la realización de un nuevo juicio oral, ante un Juez en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, distinto al que profirió el fallo anulado, conforme lo establece el artículo 449 del Código Orgánico Procesal Penal.