DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL OCTAVO DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR en la pretensión de COBRO DE DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES incoada por el ciudadano MISAEL JOSÉ PARRA, contra de la sociedad mercantil HOSPITALIZACIÓN CLÍNICO, C.A., ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales.
SEGUNDO: La cantidad de CATORCE MIL QUINIENTOS SETENTA Y TRES BOLÍVARES CON SESENTA Y OCHO CÉNTIMOS ( Bs. 14.573,68 CTS), al valor actual de la moneda, expresados en el valor de la moneda después de la reconversión monetaria por los conceptos condenados a pagar en la parte motiva de esta sentencia. Dicha cantidad será indexada de la forma.....