Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DUODÉCIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA, al ciudadano JOSÉ MANUEL GONZÁLEZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento: 25-11-75, de 30 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 25.691.030, de profesión u oficio Albañil, concubino, hijo de Chiche González y Isabel González, residenciado en la vía a Machique, kilómetro 100, sector la matica II, a dos cuadras de la quesera Agrolansa, al lado de la granja Refugio, Machique estado Zulia, de conformidad a lo establecido en el Artículo 44 Ordinal 1° de la Constitución Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 282 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese y líbrese Oficio al ciudadano Director del Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite, a los fines de notificarlo de la p.....