Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA ejecutar la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal en fecha 11-05-2004 condenando a los penados IVANIZAURO JESUS PIRELA ANDRADE, ISAIS SEGUNDO PIRELA DELGADO y JOEL RAMON OLIVARES SUAREZ, a cumplir la pena de SEIS (06) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE LAS COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el Artículo 472 del Código Penal, este Tribunal de Ejecución, a los fines de ejecutar la sentencia dictada, y por cuanto se encuentran en libertad, ordenan su comparecencia para el día 25-11-04 a las once de la mañana, a objeto de imponerlos de las condiciones establecidas en el artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal y de ser procedente acordarle la.....