En atención a las consideraciones precedentes, es por que este Juzgado de los Municipios Arismendi, Antolin del Campo y Gómez de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Perimida la Instancia en el juicio seguido el ciudadano JHONNIE GIORDANO RODRÍGUEZ, en su carácter de representante legal de la Compañía Distribuidora Giordano. C A., contra La Distribuidora M.M.N. C.A, la cual gira bajo la denominación comercial ¿El Galpón Azul¿, Sociedad Mercantil domiciliada en la ciudad de La Asunción, por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION).-
SEGUNDO: Archívese el presente Expediente en su debida oportunidad.-
TERCERO: No hay condenatoria en costas.-
CUARTO: Asimismo dispone que a los fines de mantener incólume del derecho de la Defensa se ordena la notificación de las partes de esta decisión de conformidad con el Artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.-
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