PRIMERO: NULIDAD DE OFICIO de la Decisión de fecha 26 de Agosto de 2017, signada el N. 1392-2017, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial con competencia en materia de Delitos de Violencia contra las Mujeres del estado Zulia; por existir violación del Derecho a la Defensa, previsto en el artículo 49.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en atención a lo establecido en el artículo 257 Constitucional, en concordancia con los artículos 13, 174, 175, 179 y 180 del Código Orgánico Procesal Penal, y al criterio jurisprudencial establecido por nuestro Máximo Tribunal de la República, en sus Sentencias dictadas por la Sala Constitucional Nros. 2541/02, 3242/02, 1737/03 y 1814/04; quedando nulos los actos procesales posteriores a dicha decisión, dejando vigente la declaración rendida como prueba anticipada por la niña (IDENTIDAD OMITIDA conforme a los artículos 545 y 65 de la Ley Orgánica p.....