Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Estadal Segundo de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO del Recurso de Nulidad de Acto Administrativo interpuesto por el ciudadano NELSON URDANETA, con cedula de identidad Nro V-3.776.436, representado judicialmente por el Abogado DANIEL VILLASMIL CUBILLAN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el número 234.573 en contra del REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, adscrito al SERVICIO AUTONOMO DE REGITROS Y NOTARIAS (SAREN).