Impone al adolescente IDENTIDAD OMITIDA,  la sanción de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, descrita en el articulo 624 de la ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes por el lapso de Un año   , consistentes en: 1) Estudiar y/o trabajar, debiendo consignar ante el Tribunal de Ejecución la respectiva constancia ante  el Tribunal de ejecución de la Sección Adolescentes. , cada tres meses, por el lapso de UN AÑO . Cítese al adolescente: IDENTIDAD OMITIDAampliamente identificados  en autos junto a su Defensa,   para el día  (10)  de enero  de 2018, a las 9.00 horas  de la mañana, a fin de imponerlo del presente auto. En  cuanto  los efectos  del seguimiento y cumplimiento de la sanción se ordena al equipo multidisciplinario la elaboración del plan individual de conformidad con el articulo 633- A  de la Ley Orgánica de Protección A Niños Niñas Y Adolescentes, por lo que en consecuencia deberá el  adolescente sancionado  comparecer para el día, (29) de octubre de 2017, a  .....