este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: INADMISIBLE el presente recurso contencioso administrativo funcionarial incoada por el abogado ALEX YÁNEZ MARTÍNEZ, con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JAYRO ANTONIO ROQUE YBAÑEZ Y DOUGLAS JOSÉ MOLINA, anteriormente identificados, contra la GUARDIA NACIONAL BOLIVARIANA DE LA REPUBLICA por operar la CADUCIDAD en el presente el recurso contencioso administrativo funcionarial, conforme lo establecido en el artículo 94 de la Ley del Estatuto de la Función Pública.